1937-01-22 Decreto (reproducido debidamente rectificado) marcando los plazos a que habrán de sujetarse en la tramitación de los juicios los Juzgados y Tribunales civiles, sociales, económico-administrativos y contencioso-administrativos
daniel.egea por | Ene 22, 1937 | Id. 4. Derecho procesal, Id. 4.1. Proceso civil |
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Num. identificación |
id.4.1 |
| Título |
Decreto (reproducido debidamente rectificado) marcando los plazos a que habrán de sujetarse en la tramitación de los juicios los Juzgados y Tribunales civiles, sociales, económico-administrativos y contencioso-administrativos |
| Materia |
Derecho procesal |
| Voces |
Decreto, plazos, tramitación, juicios |
| Texto |
Decreto que regula los plazos de tramitación de los órdenes jurisdiccionales citados en éste |
| Tipo de Norma |
Decreto |
| Fecha |
22-01-1937 |
| Institución |
Gobierne |
| Fuente |
BOE |
| Documento |
Enlace |
| Debate Parlamentario |
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